En 1814 las guerras napoleónicas terminaron con la derrota
de Napoleón en Waterloo ante los aliados. Al tiempo las tropas de José I fueron
derrotas en España y el país recobró su libertad. Reunidos en Viena los aliados
decidieron las condiciones de la rendición francesa y la restauración del
Antiguo Régimen en Europa. Como parte de ese plan Fernando VII regresó a
España, derogo la obra de Cádiz, encarcelo a los diputados liberales y reprimió
a los patriotas que habían luchado contra los franceses y habían limitado su
poder.
Este texto explica el inicio de este periodo (1814-1834) de
regreso al absolutismo y como los partidarios de este lo defendieron.
Texto
Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del
fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y
otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España
a V.M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad.
[...]. La monarquía absoluta [...] es una obra de la razón y
de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas
fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de “conquista o por
la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes.
[...]. Por todo lo cual pedimos se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V.M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todos a las antiguas leyes”.
[...]. Por todo lo cual pedimos se estime siempre sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V.M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todos a las antiguas leyes”.
Madrid, 12
de abril de 1814
Contextualización
Estamos
ante un fragmento del documento publicado por diputados y personalidades de la aristocracia,
el ejército y la iglesia, que en abril de 1814, abrió el camino al
restablecimiento del Antiguo Régimen en España. Es un manifiesto político, de
carácter público. El texto hace una defensa pública y expresa de la monarquía
absoluta y una critica de las decisiones de las cortes de Cádiz, basadas en su
falta de legitimidad. Los autores son los grupos sociales defensores del
antiguo régimen, propietarios, terratenientes, clero y altas jerarquías (los
autodenominados persas, por razón de la cita inicial sobre aquella antigua
cultura que el texto hace en su principio. Son a fin de cuentas los estamentos
privilegiados, perjudicados por su perdida de poder y privilegios, que buscan su
beneficio.
El texto se
inscribe en la época del nacimiento de la Restauración europea,
surgido del Congreso de Viena y del Tratado de Valençay. Por el primero, las
potencias victoriosas sobre Napoleón están creando la nueva organización
europea, basada en la
Restauración del Antiguo Régimen. Por el segundo Francia se
retira de España tras la Guerra
de Independencia, restableciendo la legitimidad en la familia Borbón, tras los
Pactos de Bayona. Estamos justo en el momento en que la derrota napoleónica
frena el impulso liberal en toda Europa, eso ayudara a los grupos reaccionarios
a recuperar el poder y desmantelar la obra de Cádiz, tejida durante la Guerra. Aunque
dirigido expresamente a Fernando VII, a punto de regresar, para retomar el
poder, manifestándole el apoyo de la dirigencia del país, también se debe
entender que es un documento publico, llamado a despertar el apoyo de los
absolutistas y avisar a los liberales de lo que se les viene encima.
Vocabulario
Constitución
de Cádiz: Primera
constitución política de la monarquía española. El texto fue aprobado por las
cortes de Cádiz por 128 votos contra 24, y fue promulgado por la regencia del
reino el 19 de marzo de 1812 (fiesta de Sant José, y por esto fue conocida
popularmente por la Pepa ).
Rompe con el Antiguo Régimen, declara que la soberanía reside en la «nación».
Define el gobierno como monarquía moderada hereditaria, declara la religión
católica como única religión oficial del estado y apunta el propósito de
establecer una división administrativa provincial. El poder legislativo es
atribuido a las cortes con el rey, el ejecutivo al rey, y el judicial a los
tribunales. Establece unas cortes unicamerales, elegidas por sufragio limitado
indirecto, que se renuevan cada dos años. El rey tiene derecho de veto en dos
sesiones consecutivas sobre un mismo proyecto de ley, es inviolable e
irresponsable políticamente y nombra los secretarios del despacho responsables
ante las cortes. El Consejo de Estado es un organismo consultivo que hace las
funciones de un consejo real.
Prevé la
unificación del código civil y la realización de un plan uniforme de la
enseñanza. Esta constitución fue anulada el 4 de mayo de 1814 por Fernando VII;
volvió a regir durante el Trienio Constitucional (1820-23); proclamada de nuevo
interinamente tras el motín de La
Granja (13 de agosto de 1836), estuvo vigente formalmente
hasta el 24 de octubre del mismo año, cuando el gobierno presentó el nuevo
proyecto constitucional, promulgado el 18 de junio de 1837. La Constitución del 1812
fue bandera y modelo del liberalismo europeo hasta 1830.
Monarquía
absoluta: sistema
político que se inicia con la
Edad Moderna y aparece consolidada en Europa durante el siglo
XVIII. Se caracterizaba porque es el monarca, denominado soberano, la fuente de
todo poder político por decisión divina (“por la gracia de Dios”). Su
autoridad, se dice, es indiscutible, como la de un padre (paternalismo).
Concentra todos los poderes del Estado en su persona: es la máxima autoridad
ejecutiva y tiene suprema capacidad legislativa y judicial. Su poder está por
encima de las leyes. Considera su reino como un patrimonio de la Corona , obtenido por
derecho de conquista y transmitido por herencia. Para extender su gobierno
sobre todo el reino delega sus funciones en personas designadas y depuestas a
su voluntad (regidores, consejeros).
Cortes: en el contexto del texto se refiere
al nombre que en España designa al órgano de representación de los ciudadanos
que se encarga del poder legislativo y debe controlar al Gobierno en el
ejercicio de su poder ejecutivo. En España ha predominado el modelo bicameral,
excepto en las Constituciones de 1812 y 1931, donde se recogía un modelo
unicameral.
En el
Antiguo Régimen eran las Asambleas políticas, surgidas en España durante la Baja Edad Media, en las
que participaban, convocadas y presididas por el Rey, los representantes de los
tres estamentos: nobleza, clero y delegados de los hombres libres de las
ciudades. Su finalidad primordial era la concesión de subsidios a la Corona y jurar al heredero
al trono.
Análisis
En el fragmento que tienes delante
puedes ver que hay tres párrafos separados, es para que veas de manera más
clara los tres núcleos de contenido del texto. Las palabras resaltadas en
tamaño más grande son las expresiones a aclarar y las subrayadas el vocabulario
del texto.
El texto sigue la estructura lógica
de todo manifiesto, constituida por un planteamiento del problema a tratar, una
parte justificativa, y un bloque final de peticiones a modo de conclusión.
El primer
bloque se extiende hasta el primer punto y aparte. En él, los autores plantean
el problema: un país sumido en el caos por los cambios introducidos por el
poder ilegitimo de Cádiz durante la
Guerra , que ha trastocado la organización del país con
efectos desastrosos (“ha mudado la ley”). Cabe indicar que la preocupación de
los firmantes no es el grado de destrucción y desestructuración nacional que ha
provocado la guerra, sino la transformación política, refiriéndose a las cortes
de Cádiz, la desamortización y la abolición del Régimen feudal, haciendo
hincapié en el carácter ilegitimo de la autoridad que lo ha decidido, al
argumentar, dentro de la lógica del Antiguo Régimen, que ellos representan a
España, no las cortes, tanto por que son parte de un régimen señorial, donde
poder e iglesia están unidos y representan la soberanía del rey en sus
territorios, como porque las cortes no han sido convocadas por el rey, y no se
han reunido de forma estamental, sino general (conviene explicar este término).
Cabria recordar que Cádiz ha asumido el poder en medio de la guerra, tras una
convocatoria del Consejo de Regencia, y no usurpando el poder, sino ante la
falta de este por ausencia del rey. Con todo el texto incide precisamente en
algo que las cortes ya vislumbraron, la quiebra de la soberanía, que ahora se
denuncia. Este es el argumento fundamental del texto que debes utilizar, la
falta de legitimidad de las cortes de Cádiz, según los principios del Antiguo
Régimen.
El segundo
párrafo es argumentativo, nos razona el porque ante esa situación es el
absolutismo la mejor solución, y porque no debió ser suprimido por el gobierno
de la guerra. El primer argumento es propio del pensamiento del Antiguo
Régimen: “El rey obedece la ley divina”, lo que conocemos como teoría del trono
y el altar. El texto ofrece para defender el absolutismo argumentos como la
superioridad moral del rey, o la necesidad de que cualquier gobierno asuma en
solitario decisiones, sin que ello sea arbitrariedad. Destaca la utilización de
los derechos medievales de conquista y sumisión (referencias al servilismo y
vasallaje o la situación catalana) y sobre todo la fundamentación de su poder
en la tradición, hecho que contrasta con las cortes generales de Cádiz, que ya
por ello habían en su formulación apelado a la tradición de cortes, para no
establecer un concepto de soberanía abstracto, de origen extranjero, que es de
lo que ahora las acusa el rey.
El
documento acaba con una conclusión formulada a modo de petición, que concluye
coherentemente todo lo anterior. Se pide al rey la anulación y no
reconocimiento de la obra legislativa de Cádiz por (se vuelve al argumento de
la legitimidad), no han asido aprobadas por los territorios (de los que ellos
se arrogan la representación señorial), ni por el soberano. E insistiendo una
vez mas, piden la convocatoria de cortes según la ley del Antiguo Régimen,
estamentales.
Comentario
Vamos a
comenzar el comentario explicando la situación histórica, de manera que podamos
comprender los factores que explican el texto.
Ten en
cuenta que (al margen de este modelo de redacción) debes explicar 4 cosas: Que
es el Antiguo Régimen (que es lo que se va a restaurar), cual fue la obra de Cádiz
(que es lo que se quiere derogar), porque se fue el rey (Pactos de Bayona y
crisis) y porque vuelve (derrota de Napoleón, Congreso de Viena, Tratado de Valencia
y este texto).
El punto de partida es contar brevemente que antes de
1808, imperaba en España el Antiguo
Régimen, basado (es preciso ser breve) en el absolutismo, los privilegios
estamentales y el régimen señorial. Junto a factores internos (crisis fiscal,
política e ideológica), la situación internacional y la falta de liderazgo del
rey Carlos IV y su privado Godoy, condujeron a España a, primero, la guerra
contra la Francia
revolucionaria, y, posteriormente a la alianza con ella (tratados de San
Ildefonso). El declive militar español (Trafalgar), la inestabilidad interna
(Motín de Aranjuez y crítica general al rey), y el miedo de Napoleón a que
España cambiase su alianza y se incorporase al bando de las potencias que
luchaban contra la revolución, determino la decisión napoleónica de ocupar
España, en lo militar, y en político. Ahí, debes explicar dos acontecimientos
que explican la situación del texto (porque el texto parte del hecho de que el
rey esta fuera del país, y hay que decir porque), el Tratado de Fontainebleau y
los Pactos de Bayona. Uno y otro justifican el infame abandono de los reyes y
su salida del país, acompañada de la cesión de la soberanía a la familia
Bonaparte.
Tras ello,
el país quedara dividido en dos, igual que Europa. La zona francesa, gobernada
por José I, y la zona de los patriotas, que con ayuda de Inglaterra (que busca
debilitar a Napoleón), será gobernada durante esos años de ocupación por un
entramado político nuevo, ante la desaparición del sistema absolutista. Es por
tanto la propia monarquía la que con su actitud precipita el final del Antiguo
Régimen, y facilita que la nación asuma el poder y dirija el país. Esos seis
años de guerra, no solo representan un experimento de poder por parte del
pueblo, sino el inicio de un proceso de reformas largamente anhelado, durante
el siglo XVIII, que se demuestra indispensable, ante la actitud de la monarquía,
que ha traído como resultado la perdida de la independencia nacional. Además,
la influencia ilustrada, la situación revolucionaria en toda Europa y las
reformas iniciadas por el gobierno josefino, explican las reformas de Cádiz.
Pero todo es una contradicción, puesto que el espíritu reformista lo representa
Francia, que es el enemigo, el país ocupante, y el objetivo es la independencia
con ayuda de la coalición internacional, que es absolutista, con lo que la
victoria militar traerá consigo la derrota política.
Y
efectivamente, concluimos este preámbulo de situación histórica con el final de
la guerra, en la cual gana el bando absolutista europeo. Su victoria propicia
la reunión de las potencias en el Congreso de Viena, congreso en el que se
determina la restauración absolutista en toda Europa, la restitución a los
reyes legítimos de sus tronos, y la decisión de las potencias de intervenir por
al fuerza, si fuera preciso, en cualquier parte del continente, para eliminar
toda obra o tentativa liberal. Para conseguir la independencia Cádiz ha
favorecido la vuelta al régimen que quería modificar. Un tratado entre Francia
y Fernando VII (Valençay) devuelve a Fernando el trono perdido en Bayona. Y es
en ese momento, en el que los privilegiados, que han visto como Cádiz desmonta
en seis años, todo su mundo de privilegios y preeminencias, ven la posibilidad
de recuperar su poder e influencia, en medio de ese cambio de circunstancias
internacionales.
Por todo
ello es importante que expliques esta introducción, que nos habrá descubierto
la época y las causas del texto. Ahora vamos con el tema, esto es lo que dice
el texto y lo que pasa en ese momento.
Estamos en abril de 1814, el pueblo anhela el regreso del
rey, símbolo de su independencia, y las cortes desconfían de lo que ocurrirá.
Para evaluar su apoyo el rey se pone en contacto con generales fieles (Elio y
Eguia), sondea a los británicos a través de su embajador, el hermano del duque
de Wellington, y recorre la zona centro, antes de ir a Valencia o Madrid para sondear
los apoyos con que cuenta (no sabe como reaccionara la nación tras la espantada
de 1808, y los cambios producidos). En ese momento, los británicos y la Santa Alianza ,
temerosos de los cambios de Cádiz, que contradicen el espíritu restaurador que
se quiere imponer, y los grupos privilegiados, a través de este manifiesto,
exponen claramente el apoyo al rey en la destrucción de la obra gaditana. Es
por tanto este documento, la base de la restauración absolutista, que mediante
el decreto del 4 de mayo suprime las Cortes, declara nula toda su actuación y,
por consiguiente, deroga la
Constitución y toda la legislación realizada por la Cámara , restaurando el
Antiguo Régimen.
Aunque el
Consejo de Regencia y las Cortes reaccionaron con indignación ante estos
tratados internacionales, y exigieron el juramento de fidelidad a la
constitución, el apoyo expresado en este documento y los otros apoyos recabados
por el rey, sentaron las bases de su derrota.
El texto además
refleja que los privilegiados no buscan en este texto solo que Fernando VII se
limite a restaurar la situación anterior a 1808, sino la recuperación de un
absolutismo real, deteriorado bajo el gobierno de Carlos IV. Así el texto,
redactado por Bernardo Mozo de Rosales, criticaba duramente las Cortes
constituyentes, fruto de las ideas subversivas e impías de la revolución
francesa, ajenas por completo a la tradición nacional española, pero exigiendo,
como ellas una monarquía limitada o moderada, pero no por los conceptos
ilustrados, sino por las antiguas «Leyes Fundamentales», en las que debería
plasmarse el pacto entre el Reino y el Rey, tal como habían defendido en Cádiz
diputados realistas como Jovellanos.
Por eso en
el texto aparecen (no en este fragmento) argumentos en contra del liberalismo,
y del despotismo ilustrado, como la derrota popular de los Comuneros, la
decadencia histórica de las cortes, o el despotismo y decadencia de los
ministros. ¿Quien queda?, los señoríos,, como dice el texto al hablar de los
representantes de las provincias.
El texto de
los “Persas”, utilizo por tanto, y de manera torticera las teorías que se
habían discutido en Cádiz, sobre la limitación del poder. Pero limitación en el
sentido de una Monarquía basada en la soberanía nacional, en la que el Rey se
limita a ejecutar los acuerdos de unas Cortes representativas de la Nación , puesto que los
persas no cuestionan en el manifiesto ni la soberanía real ni la Monarquía absoluta (dice
el texto que «obra de la razón y de la inteligencia») sino que defienden su
moderación mediante unas Cortes estamentales y unos límites basados en
tradiciones y creencias (religiosas y privilegios), poco precisos.
El
documento no pretende una verdadera evolución política, sino que busca
reformar, de manera conservadora el absolutismo de el XVIII sin poner en
cuestión sus fundamentos doctrinales básicos, y protegiendo los intereses
señoriales.
En todo
eso, el primer objetivo del documento, y conseguido, era impulsar al rey a dar
un golpe de Estado derribase la obra de las Cortes. Un golpe, repetimos una vez
mas, argumentada en la legitimidad del proceso reformador, por cuanto en las
cortes, según ellos, no estaban presentes dos de los estamentos, pese a que la
convocatoria de cortes lo exigía, por lo que la soberanía nacional solo
encubría la apropiación indebida del poder por el tercero.
El resultado fue exitoso, por cuanto el Decreto de 5 de mayo
de 1814 restauró el absolutismo y todos los elementos señoriales del pasado.
Amparado en la argumentación de los persas. Por eso argumenta el rey que la
obra de Cádiz se ha impuesto por a la fuerza de una facción, amparada en una
supuesta voluntad popular.
Pero en el
Decreto, un argumento mas para comprender la importancia del manifiesto,
Fernando VII no solo anulaba la obra legisladora de las Cortes de Cádiz, en la
que se encontraba todo el programa revolucionario y modernizador que serviría
de base al movimiento liberal del siglo XIX, sino que el rey intenta poner en
practica la petición de los persas, referente a limitar la Monarquía , en la manera
propuesta. Por eso el rey afirmara que aborrece el despotismo, comprometiéndose
a convocar las Cortes tradicionales y asegurar la libertad y la seguridad del
país.
Estamos
pues ante un texto que lleva al rey a prometer no una simple restauración de la Monarquía absoluta, al
comprometerse con algunas ideas reformistas, en la línea de la tradición, no de
los nuevos tiempos. Pero el rey, una vez más no cumplió. Se apartaría pronto de
las tradiciones gobernando de manera despótica bajo el auxilio de una camarilla
de ambiciosos y, contra los deseos de los peras y sus aliados europeos,
desarrollando una política reaccionaria, bajo la que cayeron, reformistas,
realistas (que engrosarían el movimiento carlista), liberales y afrancesados.
Por tanto
el gobierno que ahora se inicia, quedara marcado por la represión, y la falta
de gobierno y reforma. Prohombres como el Conde de Toreno, Álvaro Florez
Estrada, Agustín de Argüelles, Francisco Martínez de la Rosa o Calatrava, acabaron en
el exilio, donde prepararían el regreso del liberalismo.
Junto a la
represión, el rey y su camarilla (no los persas) restablecieron el antiguo
régimen restaurando el Consejo Real y la Inquisición , entregando la Enseñanza a los Jesuitas
-quienes regresaron por primera vez a España desde que fueron expulsados por
Carlos III- y, desde luego, devolviendo al clero y a la nobleza los privilegios
que las Cortes de Cádiz habían suprimido al abolir los señoríos y los
Mayorazgos y al aprobar otras muchas medidas destinadas a liquidar la vieja
sociedad estamental. Las libertades públicas se eliminaron por completo,
prohibiéndose prácticamente todos los periódicos, a excepción de la Gaceta de Madrid y del
Diario de Madrid, se eliminaron los pasos desamortizadores A diferencia de
otros países absolutistas que dieron pequeños pasos reformistas, para suavizar
sus regimenes, influenciados por los cambios de la revolución, el regreso de
Fernando VII produjo una auténtica «restauración» de la Monarquía absoluta y,
exageradamente reaccionaria.
El texto
despertó un arduo debate ideológico entre quienes defendían las posiciones
absolutistas (este documento), y los que las rebatían intentando justificar un
avance liberal. Así, el radical Florez Estrada defendía que Fernando VII, con
su ausencia de España y con su renuncia en favor de Napoleón, había perdido
todo derecho a la Corona ,
quedando la Nación
española en absoluta libertad de constituirse como estimase conveniente, y
anulándose el régimen señorial, asociado al rey. Al declarar las Cortes, al
poco de reunirse, que Fernando VII era el Rey de las Españas, los miembros de
aquella Asamblea habían devuelto a este Monarca «el don de una Corona que había
perdido», aunque tal devolución traía consigo fundamentar la Monarquía , no en la
historia ni en la legalidad fundamental que de ésta se derivaba, sino en un
principio nuevo: la soberanía nacional, que las Cortes representaban. La
respuesta teórica a los persas se fundamentaba también en el Gobierno Civil de
Locke, que sustentaba al gobierno por consentimiento de los gobernados, la
división de poderes, los límites de la prerrogativa regia y la supremacía del
poder legislativo en la estructura de l Estado.
Además,
Flórez Estrada comparaba el papel de España durante la época de la guerra de la Independencia con el
de los nuevos tiempos, pasando el país de una dignidad internacional reconocida
por su lucha contra el francés, a un ninguneo escandaloso y una total falta de
peso para contener o encauzar la emancipación del imperio americano.
Ahora vamos
a explicar como fue el reinado:
De esta
forma, comienza la primera parte de su reinado, que se extenderá desde 1814
hasta 1820, conocida con el nombre de “Sexenio
Absolutista”. En esta etapa, tiene lugar la vuelta al Antiguo Régimen, la
represión de los liberales que habían defendido la Constitución de Cádiz
y la anulación de toda la obra de las Cortes generales, tal y como habían
pedido los autores del Manifiesto de los Persas.
Sin
embargo, Fernando VII impondrá un absolutismo propio del siglo XVIII, reuniendo
en sus manos todos los poderes y sin contar con los privilegiados a la hora de
tomar las decisiones.
Igualmente,
se produjo la guerra de emancipación americana, ya que los colonos no estaban
dispuestos a aceptar la vuelta a las condiciones del Antiguo Régimen. El
conflicto concluiría con la independencia de las colonias del centro y el sur
de América, y España tan sólo mantuvo Cuba y Puerto Rico.
Cabe
destacar que en esta etapa también se desarrollaron protestas campesinas. Pese
a que los campesinos fueron partidarios en un primer momento de la vuelta de
Fernando VII, no aceptaron que suprimiera las desamortizaciones que les habían
permitido cultivar las tierras que habían pertenecido al clero. Además, la
recuperación del diezmo (décima parte de la cosecha que debían ceder a la Iglesia ), fue clave para
encender los enfrentamientos.
Fue un
período marcado por la inestabilidad gubernamental, la crisis de la Hacienda estatal y la
oposición liberal.
El
descontento social extendió al ejército, alarmado por la represión y la falta
de recompensa por el gobierno a los militares tras el esfuerzo de guerra. La
negativa a integrar a los jefes guerrilleros en el ejército, el retraso en el
pago de soldadas, las míseras condiciones de vida en los cuarteles, y, sobre
todo, el envío de tropas a América para intentar sofocar la rebelión
independentista multiplicaron el malestar.
Pero el
golpe de gracia lo darían dos factores. De un lado la quiebra financiera del
Estado, sustentada en la elevación de los gastos por la guerra, y la falta de
ingresos ante la negativa del clero y de la nobleza a pagar tributos. De otro
un cambio en al situación internacional, con la llegada de las revoluciones de
1820.
Ello llevaría
al primer aviso de fin definitivo del Antiguo Régimen, el gobierno de Riego. Aunque el rey juró la Constitución no
aceptaba de hecho el régimen constitucional. Por ello, encubiertamente, alentó
la oposición de los absolutistas que ejercieron toda la resistencia posible
contra al Gobierno liberal que se había constituido. Habremos de explicar aquí,
más que sus reformas, la caída del régimen liberal.
En 1820, el
golpe de estado del general Rafael del Riego, daría inicio a la 2ª etapa en el
reinado de Fernando VII tras la restauración borbónica. Es conocida con el
nombre de “Trienio Liberal” y se extendió hasta 1823. En este período, el rey
Fernando VII es obligado a jurar la Constitución de Cádiz, por lo que vuelven a
instaurarse en España principios liberales.
Tuvo lugar
una importante reforma fiscal que afectó a los sectores privilegiados y la
aprobación de la Ley
de Supresión de Monacales, por la cual se eliminaban ciertas órdenes monásticas
en España. El reformismo de este período contó con la plena oposición de los
absolutistas.
La última
etapa en el reinado de Fernando VII se conoce con el nombre de “Década Ominosa” (1823-1833). Tras la
petición de ayuda que hizo Fernando VII a la Santa Alianza ,
ejército formado por el Congreso de Viena para defender el absolutismo, ésta
interviene en España por medio de los Cien Mil Hijos de San Luís, que
reinstauran el absolutismo.
No
obstante, Fernando VII, consciente del problema
sucesorio que se originará tras su muerte, comienza a tener durante sus
últimos años de vida, una serie de contactos con los liberales e incluso
instaura un reformismo moderado.
Este
problema referido a la sucesión en el trono español, se remonta al reinado de
Felipe V, quien aprobó la llamada “Ley Sálica”, por la cual cualquier heredero
varón del monarca tenía preferencia para reinar antes que las mujeres.
En la época
del reinado de Carlos IV, se impulsó la “Pragmática Sanción”, que eliminaba la Ley Sálica. No
obstante, nunca llegó a promulgarse.
En 1830, el
rey Fernando VII, casado con Mª Cristina de Borbón, aprueba y recupera la Pragmática Sanción ,
para que su hija Isabel pueda acceder directamente al trono tras su muerte.
Según la norma, el hermano pequeño del rey, Carlos María Isidro de Borbón
(legítimo heredero según la
Ley Sálica ), pierde su primer puesto en la línea de sucesión
en favor de su sobrina.
Pese a
todo, el infante don Carlos contaba con el apoyo de gran parte de la nobleza y
otros sectores que, una vez más, confiaban en que el nuevo rey contara con los
privilegiados y respetara sus derechos. Los carlistas niegan la legitimidad de la Pragmática Sanción
y defienden el Antiguo Régimen. Son mayoritariamente partidarios del modelo de
absolutismo austricista plasmado en el Manifiesto de los Persas y contrarios a
las reformas semi-liberales impuestas por Fernando VII.
Fernando
VII, ante las amenazas de su hermano, lo expulsa del país. En el último período
de su reinado, el rey trata de conseguir que determinados sectores liberales
apoyen a su mujer y a su hija tras su muerte. Los liberales acceden y pasan a
denominarse isabelinos, con la confianza de que la nueva reina elimine el
absolutismo.
A la muerte
del monarca en 1833, Carlos se proclama rey mediante el Manifiesto de Abrantes.
A partir de ese momento, comenzará la 1ª guerra carlista, enmarcada en el
contexto de las revoluciones liberales de 1830.
Así se fue
conformando un movimiento de apoyo a don Carlos conocido como CARLISMO (cuyo
lema será “Dios, Patria, Fueros y Rey”) con una ideología y programa político
que se irá concretando en oposición a la ideología liberal y cuyas
características básicas serán:
-Defensa de
la monarquía absoluta de origen divino y de los privilegios sociales
estamentales.
-Defensa de
todos los intereses de la
Iglesia (oposición de la libertad religiosa liberal y de las
desamortizaciones)
-Defensa de
los fueros vascos y navarros amenazados por la uniformización y el centralismo
liberal.
-Oposición
a cualquier reforma.
-Fidelidad
a la “patria” entendida como un conjunto de tradiciones, normas, costumbres y
creencias recibidas de los antepasados.
A la muerte
de Fernando VII en 1833, don Carlos reclama el trono frente a su sobrina Isabel
y dio comienzo una guerra civil que no solo fue un conflicto sucesorio, sino un
enfrentamiento por intereses políticos e ideológicos completamente opuestos .
El bando isabelino recibió el apoyo de los liberales, las clases altas y medias
urbanas, los altos mandos del ejército, la jerarquía eclesiástica y la alta
nobleza. El infante don Carlos fue apoyado por todos aquellos que veían con
temor la posibilidad de una victoria liberal y de unas reformas que amenazaban
sus intereses: baja nobleza rural parte del bajo clero, los oficiales más
reaccionarios del ejército y pequeños campesinos propietarios.
Entre 1833
y 1839 se desarrolla la primera guerra entre carlistas e isabelinos (en plena
regencia de Mª Cristina, madre de Isabel II). Si bien en la zona norte rural
(País Vasco y Navarra) las tropas vascas lograron controlar zonas discontinuas
de territorio, la falta de apoyos en otras zonas del país y en las ciudades
inclinaron la balanza del lado isabelino y mediante el Convenio de Vergara
(1839) y la huida de don Carlos a Francia dieron la victoria a las tropas
liberales de Isabel II, aun cuando las hostilidades continuaron durante algunos
meses más, se confirma el definitivo triunfo del liberalismo frente al Antiguo
Régimen.
Los
conflictos carlistas se sucederán a lo largo del siglo XIX, así entre 1849 y
1860 se producen diversas acciones guerrilleras en zonas rurales de Cataluña,
Aragón, Navarra y Guipúzcoa. La segunda guerra carlista se desencadenó en 1872
(tras la rev. de 1868 y el exilio de Isabel II) y afectó a buena parte del
país. Su líder fue Carlos VII y sus lemas fundamentales la defensa de la
religión católica y de la legislación foral. La guerra termina en 1876 con la
abolición de los fueros.
Por su
parte, la regente Mª Cristina busca el apoyo de los liberales. En un primer
momento, se acerca a los moderados, representados por Martínez de la Rosa. Posteriormente ,
admite la introducción reformas más amplias durante el gobierno de Álvarez de
Mendizábal.
La guerra
carlista terminará en 1840 con el Pacto de Vergara entre carlistas e
isabelinos, que marcará el triunfo del liberalismo frente a las pretensiones de
recuperar el Antiguo Régimen.
A modo de conclusión,
la restauración del Antiguo Régimen fue efímera, tan solo duro 20 años,
mientras el apoyo europeo lo permitió. A medida que el liberalismo triunfo en
Europa el régimen quedó más aislado, hasta acabar.
Una segunda
conclusión es que las visiones del absolutismo eran muy distintas entre persas
y Fernando VII, fracasando aquellos en sus objetivos. Finalmente expondremos
que los liberales van a aprovechar la catastrófica gestión de Fernando para triunfar
a su muerte.
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