miércoles, 27 de enero de 2016

Texto. El manifiesto de los persas (comentado)


En 1814 las guerras napoleónicas terminaron con la derrota de Napoleón en Waterloo ante los aliados. Al tiempo las tropas de José I fueron derrotas en España y el país recobró su libertad. Reunidos en Viena los aliados decidieron las condiciones de la rendición francesa y la restauración del Antiguo Régimen en Europa. Como parte de ese plan Fernando VII regresó a España, derogo la obra de Cádiz, encarcelo a los diputados liberales y reprimió a los patriotas que habían luchado contra los franceses y habían limitado su poder.
Este texto explica el inicio de este periodo (1814-1834) de regreso al absolutismo y como los partidarios de este lo defendieron.

Texto
Era costumbre en los antiguos persas pasar cinco días en anarquía después del fallecimiento de su rey, a fin de que la experiencia de los asesinatos, robos y otras desgracias les obligase a ser más fieles a su sucesor. Para serlo España a V.M. no necesitaba igual ensayo en los seis años de su cautividad.
[...]. La monarquía absoluta [...] es una obra de la razón y de la inteligencia; está subordinada a la ley divina, a la justicia y a las reglas fundamentales del Estado; fue establecida por derecho de “conquista o por la sumisión voluntaria de los primeros hombres que eligieron sus Reyes.

[...]. Por todo lo cual pedimos se estime siempre
sin valor esa Constitución de Cádiz, y por no aprobada por V.M. ni por las provincias [...] porque estimamos las leyes fundamentales que contiene de incalculables y trascendentales perjuicios, que piden la previa celebración de unas Cortes españolas legítimamente congregadas en libertad y con arreglo en todos a las antiguas leyes”.
Madrid, 12 de abril de 1814

Contextualización
Estamos ante un fragmento del documento publicado por diputados y personalidades de la aristocracia, el ejército y la iglesia, que en abril de 1814, abrió el camino al restablecimiento del Antiguo Régimen en España. Es un manifiesto político, de carácter público. El texto hace una defensa pública y expresa de la monarquía absoluta y una critica de las decisiones de las cortes de Cádiz, basadas en su falta de legitimidad. Los autores son los grupos sociales defensores del antiguo régimen, propietarios, terratenientes, clero y altas jerarquías (los autodenominados persas, por razón de la cita inicial sobre aquella antigua cultura que el texto hace en su principio. Son a fin de cuentas los estamentos privilegiados, perjudicados por su perdida de poder y privilegios, que buscan su beneficio.
El texto se inscribe en la época del nacimiento de la Restauración europea, surgido del Congreso de Viena y del Tratado de Valençay. Por el primero, las potencias victoriosas sobre Napoleón están creando la nueva organización europea, basada en la Restauración del Antiguo Régimen. Por el segundo Francia se retira de España tras la Guerra de Independencia, restableciendo la legitimidad en la familia Borbón, tras los Pactos de Bayona. Estamos justo en el momento en que la derrota napoleónica frena el impulso liberal en toda Europa, eso ayudara a los grupos reaccionarios a recuperar el poder y desmantelar la obra de Cádiz, tejida durante la Guerra. Aunque dirigido expresamente a Fernando VII, a punto de regresar, para retomar el poder, manifestándole el apoyo de la dirigencia del país, también se debe entender que es un documento publico, llamado a despertar el apoyo de los absolutistas y avisar a los liberales de lo que se les viene encima.

Vocabulario

Constitución de Cádiz: Primera constitución política de la monarquía española. El texto fue aprobado por las cortes de Cádiz por 128 votos contra 24, y fue promulgado por la regencia del reino el 19 de marzo de 1812 (fiesta de Sant José, y por esto fue conocida popularmente por la Pepa). Rompe con el Antiguo Régimen, declara que la soberanía reside en la «nación». Define el gobierno como monarquía moderada hereditaria, declara la religión católica como única religión oficial del estado y apunta el propósito de establecer una división administrativa provincial. El poder legislativo es atribuido a las cortes con el rey, el ejecutivo al rey, y el judicial a los tribunales. Establece unas cortes unicamerales, elegidas por sufragio limitado indirecto, que se renuevan cada dos años. El rey tiene derecho de veto en dos sesiones consecutivas sobre un mismo proyecto de ley, es inviolable e irresponsable políticamente y nombra los secretarios del despacho responsables ante las cortes. El Consejo de Estado es un organismo consultivo que hace las funciones de un consejo real.

Prevé la unificación del código civil y la realización de un plan uniforme de la enseñanza. Esta constitución fue anulada el 4 de mayo de 1814 por Fernando VII; volvió a regir durante el Trienio Constitucional (1820-23); proclamada de nuevo interinamente tras el motín de La Granja (13 de agosto de 1836), estuvo vigente formalmente hasta el 24 de octubre del mismo año, cuando el gobierno presentó el nuevo proyecto constitucional, promulgado el 18 de junio de 1837. La Constitución del 1812 fue bandera y modelo del liberalismo europeo hasta 1830.

Monarquía absoluta: sistema político que se inicia con la Edad Moderna y aparece consolidada en Europa durante el siglo XVIII. Se caracterizaba porque es el monarca, denominado soberano, la fuente de todo poder político por decisión divina (“por la gracia de Dios”). Su autoridad, se dice, es indiscutible, como la de un padre (paternalismo). Concentra todos los poderes del Estado en su persona: es la máxima autoridad ejecutiva y tiene suprema capacidad legislativa y judicial. Su poder está por encima de las leyes. Considera su reino como un patrimonio de la Corona, obtenido por derecho de conquista y transmitido por herencia. Para extender su gobierno sobre todo el reino delega sus funciones en personas designadas y depuestas a su voluntad (regidores, consejeros).

Cortes: en el contexto del texto se refiere al nombre que en España designa al órgano de representación de los ciudadanos que se encarga del poder legislativo y debe controlar al Gobierno en el ejercicio de su poder ejecutivo. En España ha predominado el modelo bicameral, excepto en las Constituciones de 1812 y 1931, donde se recogía un modelo unicameral.
En el Antiguo Régimen eran las Asambleas políticas, surgidas en España durante la Baja Edad Media, en las que participaban, convocadas y presididas por el Rey, los representantes de los tres estamentos: nobleza, clero y delegados de los hombres libres de las ciudades. Su finalidad primordial era la concesión de subsidios a la Corona y jurar al heredero al trono.

Análisis

En el fragmento que tienes delante puedes ver que hay tres párrafos separados, es para que veas de manera más clara los tres núcleos de contenido del texto. Las palabras resaltadas en tamaño más grande son las expresiones a aclarar y las subrayadas el vocabulario del texto.

El texto sigue la estructura lógica de todo manifiesto, constituida por un planteamiento del problema a tratar, una parte justificativa, y un bloque final de peticiones a modo de conclusión.

El primer bloque se extiende hasta el primer punto y aparte. En él, los autores plantean el problema: un país sumido en el caos por los cambios introducidos por el poder ilegitimo de Cádiz durante la Guerra, que ha trastocado la organización del país con efectos desastrosos (“ha mudado la ley”). Cabe indicar que la preocupación de los firmantes no es el grado de destrucción y desestructuración nacional que ha provocado la guerra, sino la transformación política, refiriéndose a las cortes de Cádiz, la desamortización y la abolición del Régimen feudal, haciendo hincapié en el carácter ilegitimo de la autoridad que lo ha decidido, al argumentar, dentro de la lógica del Antiguo Régimen, que ellos representan a España, no las cortes, tanto por que son parte de un régimen señorial, donde poder e iglesia están unidos y representan la soberanía del rey en sus territorios, como porque las cortes no han sido convocadas por el rey, y no se han reunido de forma estamental, sino general (conviene explicar este término). Cabria recordar que Cádiz ha asumido el poder en medio de la guerra, tras una convocatoria del Consejo de Regencia, y no usurpando el poder, sino ante la falta de este por ausencia del rey. Con todo el texto incide precisamente en algo que las cortes ya vislumbraron, la quiebra de la soberanía, que ahora se denuncia. Este es el argumento fundamental del texto que debes utilizar, la falta de legitimidad de las cortes de Cádiz, según los principios del Antiguo Régimen.
El segundo párrafo es argumentativo, nos razona el porque ante esa situación es el absolutismo la mejor solución, y porque no debió ser suprimido por el gobierno de la guerra. El primer argumento es propio del pensamiento del Antiguo Régimen: “El rey obedece la ley divina”, lo que conocemos como teoría del trono y el altar. El texto ofrece para defender el absolutismo argumentos como la superioridad moral del rey, o la necesidad de que cualquier gobierno asuma en solitario decisiones, sin que ello sea arbitrariedad. Destaca la utilización de los derechos medievales de conquista y sumisión (referencias al servilismo y vasallaje o la situación catalana) y sobre todo la fundamentación de su poder en la tradición, hecho que contrasta con las cortes generales de Cádiz, que ya por ello habían en su formulación apelado a la tradición de cortes, para no establecer un concepto de soberanía abstracto, de origen extranjero, que es de lo que ahora las acusa el rey.
El documento acaba con una conclusión formulada a modo de petición, que concluye coherentemente todo lo anterior. Se pide al rey la anulación y no reconocimiento de la obra legislativa de Cádiz por (se vuelve al argumento de la legitimidad), no han asido aprobadas por los territorios (de los que ellos se arrogan la representación señorial), ni por el soberano. E insistiendo una vez mas, piden la convocatoria de cortes según la ley del Antiguo Régimen, estamentales.




Comentario

Vamos a comenzar el comentario explicando la situación histórica, de manera que podamos comprender los factores que explican el texto.
Ten en cuenta que (al margen de este modelo de redacción) debes explicar 4 cosas: Que es el Antiguo Régimen (que es lo que se va a restaurar), cual fue la obra de Cádiz (que es lo que se quiere derogar), porque se fue el rey (Pactos de Bayona y crisis) y porque vuelve (derrota de Napoleón, Congreso de Viena, Tratado de Valencia y este texto).

El punto de partida es contar brevemente que antes de 1808, imperaba en España el Antiguo Régimen, basado (es preciso ser breve) en el absolutismo, los privilegios estamentales y el régimen señorial. Junto a factores internos (crisis fiscal, política e ideológica), la situación internacional y la falta de liderazgo del rey Carlos IV y su privado Godoy, condujeron a España a, primero, la guerra contra la Francia revolucionaria, y, posteriormente a la alianza con ella (tratados de San Ildefonso). El declive militar español (Trafalgar), la inestabilidad interna (Motín de Aranjuez y crítica general al rey), y el miedo de Napoleón a que España cambiase su alianza y se incorporase al bando de las potencias que luchaban contra la revolución, determino la decisión napoleónica de ocupar España, en lo militar, y en político. Ahí, debes explicar dos acontecimientos que explican la situación del texto (porque el texto parte del hecho de que el rey esta fuera del país, y hay que decir porque), el Tratado de Fontainebleau y los Pactos de Bayona. Uno y otro justifican el infame abandono de los reyes y su salida del país, acompañada de la cesión de la soberanía a la familia Bonaparte.
Tras ello, el país quedara dividido en dos, igual que Europa. La zona francesa, gobernada por José I, y la zona de los patriotas, que con ayuda de Inglaterra (que busca debilitar a Napoleón), será gobernada durante esos años de ocupación por un entramado político nuevo, ante la desaparición del sistema absolutista. Es por tanto la propia monarquía la que con su actitud precipita el final del Antiguo Régimen, y facilita que la nación asuma el poder y dirija el país. Esos seis años de guerra, no solo representan un experimento de poder por parte del pueblo, sino el inicio de un proceso de reformas largamente anhelado, durante el siglo XVIII, que se demuestra indispensable, ante la actitud de la monarquía, que ha traído como resultado la perdida de la independencia nacional. Además, la influencia ilustrada, la situación revolucionaria en toda Europa y las reformas iniciadas por el gobierno josefino, explican las reformas de Cádiz. Pero todo es una contradicción, puesto que el espíritu reformista lo representa Francia, que es el enemigo, el país ocupante, y el objetivo es la independencia con ayuda de la coalición internacional, que es absolutista, con lo que la victoria militar traerá consigo la derrota política.
Y efectivamente, concluimos este preámbulo de situación histórica con el final de la guerra, en la cual gana el bando absolutista europeo. Su victoria propicia la reunión de las potencias en el Congreso de Viena, congreso en el que se determina la restauración absolutista en toda Europa, la restitución a los reyes legítimos de sus tronos, y la decisión de las potencias de intervenir por al fuerza, si fuera preciso, en cualquier parte del continente, para eliminar toda obra o tentativa liberal. Para conseguir la independencia Cádiz ha favorecido la vuelta al régimen que quería modificar. Un tratado entre Francia y Fernando VII (Valençay) devuelve a Fernando el trono perdido en Bayona. Y es en ese momento, en el que los privilegiados, que han visto como Cádiz desmonta en seis años, todo su mundo de privilegios y preeminencias, ven la posibilidad de recuperar su poder e influencia, en medio de ese cambio de circunstancias internacionales.
Por todo ello es importante que expliques esta introducción, que nos habrá descubierto la época y las causas del texto. Ahora vamos con el tema, esto es lo que dice el texto y lo que pasa en ese momento.

Estamos en abril de 1814, el pueblo anhela el regreso del rey, símbolo de su independencia, y las cortes desconfían de lo que ocurrirá. Para evaluar su apoyo el rey se pone en contacto con generales fieles (Elio y Eguia), sondea a los británicos a través de su embajador, el hermano del duque de Wellington, y recorre la zona centro, antes de ir a Valencia o Madrid para sondear los apoyos con que cuenta (no sabe como reaccionara la nación tras la espantada de 1808, y los cambios producidos). En ese momento, los británicos y la Santa Alianza, temerosos de los cambios de Cádiz, que contradicen el espíritu restaurador que se quiere imponer, y los grupos privilegiados, a través de este manifiesto, exponen claramente el apoyo al rey en la destrucción de la obra gaditana. Es por tanto este documento, la base de la restauración absolutista, que mediante el decreto del 4 de mayo suprime las Cortes, declara nula toda su actuación y, por consiguiente, deroga la Constitución y toda la legislación realizada por la Cámara, restaurando el Antiguo Régimen.

Aunque el Consejo de Regencia y las Cortes reaccionaron con indignación ante estos tratados internacionales, y exigieron el juramento de fidelidad a la constitución, el apoyo expresado en este documento y los otros apoyos recabados por el rey, sentaron las bases de su derrota.

El texto además refleja que los privilegiados no buscan en este texto solo que Fernando VII se limite a restaurar la situación anterior a 1808, sino la recuperación de un absolutismo real, deteriorado bajo el gobierno de Carlos IV. Así el texto, redactado por Bernardo Mozo de Rosales, criticaba duramente las Cortes constituyentes, fruto de las ideas subversivas e impías de la revolución francesa, ajenas por completo a la tradición nacional española, pero exigiendo, como ellas una monarquía limitada o moderada, pero no por los conceptos ilustrados, sino por las antiguas «Leyes Fundamentales», en las que debería plasmarse el pacto entre el Reino y el Rey, tal como habían defendido en Cádiz diputados realistas como Jovellanos.

Por eso en el texto aparecen (no en este fragmento) argumentos en contra del liberalismo, y del despotismo ilustrado, como la derrota popular de los Comuneros, la decadencia histórica de las cortes, o el despotismo y decadencia de los ministros. ¿Quien queda?, los señoríos,, como dice el texto al hablar de los representantes de las provincias.
El texto de los “Persas”, utilizo por tanto, y de manera torticera las teorías que se habían discutido en Cádiz, sobre la limitación del poder. Pero limitación en el sentido de una Monarquía basada en la soberanía nacional, en la que el Rey se limita a ejecutar los acuerdos de unas Cortes representativas de la Nación, puesto que los persas no cuestionan en el manifiesto ni la soberanía real ni la Monarquía absoluta (dice el texto que «obra de la razón y de la inteligencia») sino que defienden su moderación mediante unas Cortes estamentales y unos límites basados en tradiciones y creencias (religiosas y privilegios), poco precisos.
El documento no pretende una verdadera evolución política, sino que busca reformar, de manera conservadora el absolutismo de el XVIII sin poner en cuestión sus fundamentos doctrinales básicos, y protegiendo los intereses señoriales.
En todo eso, el primer objetivo del documento, y conseguido, era impulsar al rey a dar un golpe de Estado derribase la obra de las Cortes. Un golpe, repetimos una vez mas, argumentada en la legitimidad del proceso reformador, por cuanto en las cortes, según ellos, no estaban presentes dos de los estamentos, pese a que la convocatoria de cortes lo exigía, por lo que la soberanía nacional solo encubría la apropiación indebida del poder por el tercero.

El resultado fue exitoso, por cuanto el Decreto de 5 de mayo de 1814 restauró el absolutismo y todos los elementos señoriales del pasado. Amparado en la argumentación de los persas. Por eso argumenta el rey que la obra de Cádiz se ha impuesto por a la fuerza de una facción, amparada en una supuesta voluntad popular.
Pero en el Decreto, un argumento mas para comprender la importancia del manifiesto, Fernando VII no solo anulaba la obra legisladora de las Cortes de Cádiz, en la que se encontraba todo el programa revolucionario y modernizador que serviría de base al movimiento liberal del siglo XIX, sino que el rey intenta poner en practica la petición de los persas, referente a limitar la Monarquía, en la manera propuesta. Por eso el rey afirmara que aborrece el despotismo, comprometiéndose a convocar las Cortes tradicionales y asegurar la libertad y la seguridad del país.
Estamos pues ante un texto que lleva al rey a prometer no una simple restauración de la Monarquía absoluta, al comprometerse con algunas ideas reformistas, en la línea de la tradición, no de los nuevos tiempos. Pero el rey, una vez más no cumplió. Se apartaría pronto de las tradiciones gobernando de manera despótica bajo el auxilio de una camarilla de ambiciosos y, contra los deseos de los peras y sus aliados europeos, desarrollando una política reaccionaria, bajo la que cayeron, reformistas, realistas (que engrosarían el movimiento carlista), liberales y afrancesados.

Por tanto el gobierno que ahora se inicia, quedara marcado por la represión, y la falta de gobierno y reforma. Prohombres como el Conde de Toreno, Álvaro Florez Estrada, Agustín de Argüelles, Francisco Martínez de la Rosa o Calatrava, acabaron en el exilio, donde prepararían el regreso del liberalismo.
Junto a la represión, el rey y su camarilla (no los persas) restablecieron el antiguo régimen restaurando el Consejo Real y la Inquisición, entregando la Enseñanza a los Jesuitas -quienes regresaron por primera vez a España desde que fueron expulsados por Carlos III- y, desde luego, devolviendo al clero y a la nobleza los privilegios que las Cortes de Cádiz habían suprimido al abolir los señoríos y los Mayorazgos y al aprobar otras muchas medidas destinadas a liquidar la vieja sociedad estamental. Las libertades públicas se eliminaron por completo, prohibiéndose prácticamente todos los periódicos, a excepción de la Gaceta de Madrid y del Diario de Madrid, se eliminaron los pasos desamortizadores A diferencia de otros países absolutistas que dieron pequeños pasos reformistas, para suavizar sus regimenes, influenciados por los cambios de la revolución, el regreso de Fernando VII produjo una auténtica «restauración» de la Monarquía absoluta y, exageradamente reaccionaria.

El texto despertó un arduo debate ideológico entre quienes defendían las posiciones absolutistas (este documento), y los que las rebatían intentando justificar un avance liberal. Así, el radical Florez Estrada defendía que Fernando VII, con su ausencia de España y con su renuncia en favor de Napoleón, había perdido todo derecho a la Corona, quedando la Nación española en absoluta libertad de constituirse como estimase conveniente, y anulándose el régimen señorial, asociado al rey. Al declarar las Cortes, al poco de reunirse, que Fernando VII era el Rey de las Españas, los miembros de aquella Asamblea habían devuelto a este Monarca «el don de una Corona que había perdido», aunque tal devolución traía consigo fundamentar la Monarquía, no en la historia ni en la legalidad fundamental que de ésta se derivaba, sino en un principio nuevo: la soberanía nacional, que las Cortes representaban. La respuesta teórica a los persas se fundamentaba también en el Gobierno Civil de Locke, que sustentaba al gobierno por consentimiento de los gobernados, la división de poderes, los límites de la prerrogativa regia y la supremacía del poder legislativo en la estructura de l Estado.
Además, Flórez Estrada comparaba el papel de España durante la época de la guerra de la Independencia con el de los nuevos tiempos, pasando el país de una dignidad internacional reconocida por su lucha contra el francés, a un ninguneo escandaloso y una total falta de peso para contener o encauzar la emancipación del imperio americano.

Ahora vamos a explicar como fue el reinado:

De esta forma, comienza la primera parte de su reinado, que se extenderá desde 1814 hasta 1820, conocida con el nombre de “Sexenio Absolutista”. En esta etapa, tiene lugar la vuelta al Antiguo Régimen, la represión de los liberales que habían defendido la Constitución de Cádiz y la anulación de toda la obra de las Cortes generales, tal y como habían pedido los autores del Manifiesto de los Persas.
Sin embargo, Fernando VII impondrá un absolutismo propio del siglo XVIII, reuniendo en sus manos todos los poderes y sin contar con los privilegiados a la hora de tomar las decisiones.

Igualmente, se produjo la guerra de emancipación americana, ya que los colonos no estaban dispuestos a aceptar la vuelta a las condiciones del Antiguo Régimen. El conflicto concluiría con la independencia de las colonias del centro y el sur de América, y España tan sólo mantuvo Cuba y Puerto Rico.

Cabe destacar que en esta etapa también se desarrollaron protestas campesinas. Pese a que los campesinos fueron partidarios en un primer momento de la vuelta de Fernando VII, no aceptaron que suprimiera las desamortizaciones que les habían permitido cultivar las tierras que habían pertenecido al clero. Además, la recuperación del diezmo (décima parte de la cosecha que debían ceder a la Iglesia), fue clave para encender los enfrentamientos.

Fue un período marcado por la inestabilidad gubernamental, la crisis de la Hacienda estatal y la oposición liberal.

El descontento social extendió al ejército, alarmado por la represión y la falta de recompensa por el gobierno a los militares tras el esfuerzo de guerra. La negativa a integrar a los jefes guerrilleros en el ejército, el retraso en el pago de soldadas, las míseras condiciones de vida en los cuarteles, y, sobre todo, el envío de tropas a América para intentar sofocar la rebelión independentista multiplicaron el malestar.
Pero el golpe de gracia lo darían dos factores. De un lado la quiebra financiera del Estado, sustentada en la elevación de los gastos por la guerra, y la falta de ingresos ante la negativa del clero y de la nobleza a pagar tributos. De otro un cambio en al situación internacional, con la llegada de las revoluciones de 1820.

Ello llevaría al primer aviso de fin definitivo del Antiguo Régimen, el gobierno de Riego. Aunque el rey juró la Constitución no aceptaba de hecho el régimen constitucional. Por ello, encubiertamente, alentó la oposición de los absolutistas que ejercieron toda la resistencia posible contra al Gobierno liberal que se había constituido. Habremos de explicar aquí, más que sus reformas, la caída del régimen liberal.

En 1820, el golpe de estado del general Rafael del Riego, daría inicio a la 2ª etapa en el reinado de Fernando VII tras la restauración borbónica. Es conocida con el nombre de “Trienio Liberal” y se extendió hasta 1823. En este período, el rey Fernando VII es obligado a jurar la Constitución de Cádiz, por lo que vuelven a instaurarse en España principios liberales.

Tuvo lugar una importante reforma fiscal que afectó a los sectores privilegiados y la aprobación de la Ley de Supresión de Monacales, por la cual se eliminaban ciertas órdenes monásticas en España. El reformismo de este período contó con la plena oposición de los absolutistas.

La última etapa en el reinado de Fernando VII se conoce con el nombre de “Década Ominosa” (1823-1833). Tras la petición de ayuda que hizo Fernando VII a la Santa Alianza, ejército formado por el Congreso de Viena para defender el absolutismo, ésta interviene en España por medio de los Cien Mil Hijos de San Luís, que reinstauran el absolutismo.





No obstante, Fernando VII, consciente del problema sucesorio que se originará tras su muerte, comienza a tener durante sus últimos años de vida, una serie de contactos con los liberales e incluso instaura un reformismo moderado.
Este problema referido a la sucesión en el trono español, se remonta al reinado de Felipe V, quien aprobó la llamada “Ley Sálica”, por la cual cualquier heredero varón del monarca tenía preferencia para reinar antes que las mujeres.
En la época del reinado de Carlos IV, se impulsó la “Pragmática Sanción”, que eliminaba la Ley Sálica. No obstante, nunca llegó a promulgarse.

En 1830, el rey Fernando VII, casado con Mª Cristina de Borbón, aprueba y recupera la Pragmática Sanción, para que su hija Isabel pueda acceder directamente al trono tras su muerte. Según la norma, el hermano pequeño del rey, Carlos María Isidro de Borbón (legítimo heredero según la Ley Sálica), pierde su primer puesto en la línea de sucesión en favor de su sobrina. 

Pese a todo, el infante don Carlos contaba con el apoyo de gran parte de la nobleza y otros sectores que, una vez más, confiaban en que el nuevo rey contara con los privilegiados y respetara sus derechos. Los carlistas niegan la legitimidad de la Pragmática Sanción y defienden el Antiguo Régimen. Son mayoritariamente partidarios del modelo de absolutismo austricista plasmado en el Manifiesto de los Persas y contrarios a las reformas semi-liberales impuestas por Fernando VII.

Fernando VII, ante las amenazas de su hermano, lo expulsa del país. En el último período de su reinado, el rey trata de conseguir que determinados sectores liberales apoyen a su mujer y a su hija tras su muerte. Los liberales acceden y pasan a denominarse isabelinos, con la confianza de que la nueva reina elimine el absolutismo.

A la muerte del monarca en 1833, Carlos se proclama rey mediante el Manifiesto de Abrantes. A partir de ese momento, comenzará la 1ª guerra carlista, enmarcada en el contexto de las revoluciones liberales de 1830.

Así se fue conformando un movimiento de apoyo a don Carlos conocido como CARLISMO (cuyo lema será “Dios, Patria, Fueros y Rey”) con una ideología y programa político que se irá concretando en oposición a la ideología liberal y cuyas características básicas serán:


-Defensa de la monarquía absoluta de origen divino y de los privilegios sociales estamentales.
-Defensa de todos los intereses de la Iglesia (oposición de la libertad religiosa liberal y de las desamortizaciones)
-Defensa de los fueros vascos y navarros amenazados por la uniformización y el centralismo liberal.
-Oposición a cualquier reforma.
-Fidelidad a la “patria” entendida como un conjunto de tradiciones, normas, costumbres y creencias recibidas de los antepasados.

A la muerte de Fernando VII en 1833, don Carlos reclama el trono frente a su sobrina Isabel y dio comienzo una guerra civil que no solo fue un conflicto sucesorio, sino un enfrentamiento por intereses políticos e ideológicos completamente opuestos . El bando isabelino recibió el apoyo de los liberales, las clases altas y medias urbanas, los altos mandos del ejército, la jerarquía eclesiástica y la alta nobleza. El infante don Carlos fue apoyado por todos aquellos que veían con temor la posibilidad de una victoria liberal y de unas reformas que amenazaban sus intereses: baja nobleza rural parte del bajo clero, los oficiales más reaccionarios del ejército y pequeños campesinos propietarios.
Entre 1833 y 1839 se desarrolla la primera guerra entre carlistas e isabelinos (en plena regencia de Mª Cristina, madre de Isabel II). Si bien en la zona norte rural (País Vasco y Navarra) las tropas vascas lograron controlar zonas discontinuas de territorio, la falta de apoyos en otras zonas del país y en las ciudades inclinaron la balanza del lado isabelino y mediante el Convenio de Vergara (1839) y la huida de don Carlos a Francia dieron la victoria a las tropas liberales de Isabel II, aun cuando las hostilidades continuaron durante algunos meses más, se confirma el definitivo triunfo del liberalismo frente al Antiguo Régimen.
Los conflictos carlistas se sucederán a lo largo del siglo XIX, así entre 1849 y 1860 se producen diversas acciones guerrilleras en zonas rurales de Cataluña, Aragón, Navarra y Guipúzcoa. La segunda guerra carlista se desencadenó en 1872 (tras la rev. de 1868 y el exilio de Isabel II) y afectó a buena parte del país. Su líder fue Carlos VII y sus lemas fundamentales la defensa de la religión católica y de la legislación foral. La guerra termina en 1876 con la abolición de los fueros.

Por su parte, la regente Mª Cristina busca el apoyo de los liberales. En un primer momento, se acerca a los moderados, representados por Martínez de la Rosa. Posteriormente, admite la introducción reformas más amplias durante el gobierno de Álvarez de Mendizábal.

La guerra carlista terminará en 1840 con el Pacto de Vergara entre carlistas e isabelinos, que marcará el triunfo del liberalismo frente a las pretensiones de recuperar el Antiguo Régimen.

A modo de conclusión, la restauración del Antiguo Régimen fue efímera, tan solo duro 20 años, mientras el apoyo europeo lo permitió. A medida que el liberalismo triunfo en Europa el régimen quedó más aislado, hasta acabar.
Una segunda conclusión es que las visiones del absolutismo eran muy distintas entre persas y Fernando VII, fracasando aquellos en sus objetivos. Finalmente expondremos que los liberales van a aprovechar la catastrófica gestión de Fernando para triunfar a su muerte.




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